1 ¿Qué ley se aplica?
1.1. ¿Qué ley se aplica en la propiedad de la pareja? ¿Qué criterios se emplean para determinar la ley que se aplica? ¿Qué convenciones internacionales deben respetarse con respecto a ciertos países?
Si los cónyuges no eligen una legislación por ellos mismos, la ley aplicable con respecto a los efectos personales legales del matrimonio será la del momento en el que contrajeron matrimonio (§ 19 Internationales Privatrechts-Gesetz, IPRG). Esto corresponde al estatuto personal común, o en su defecto, al último estatuto personal común (=nacionalidad), con la condición de que uno de los cónyuges lo haya mantenido (§ 18 para 1 Z 1 IPRG). De lo contrario, se aplicará la ley del estado en el que los cónyuges tienen su residencia habitual o, en ausencia de esta, la ley del estado en el que ambos hayan tenido su última residencia habitual común, con la condición de que uno de los cónyuges la haya mantenido (§ 18 para 1 Z 2 IPRG).
1.2. ¿Tienen los cónyuges la opción de elegir la ley aplicable? En ese caso, ¿por qué principios está regida esta elección (por ejemplo, las leyes a elegir, los requisitos formales, la retroactividad)?
Los cónyuges tienen la posibilidad de elegir libremente la ley que debe aplicarse a su propiedad. Siempre que no se incumpla el orden público austriaco (§ 6 IPRG), los cónyuges no tienen restricciones en su elección – la ley elegida no tiene que demostrar una relación con el matrimonio. La elección de la ley debe realizarse expresamente (§ 19 IPRG).