3 ¿Cómo pueden los cónyuges pactar su régimen económico?

3.1. ¿Qué provisiones pueden ser modificadas mediante un contrato y cuales no? ¿Cuáles son los regimenes económicos matrimoniales existentes?

Los cónyuges tienen la posibilidad de acordar, mediante un contrato matrimonial, un régimen económico matrimonial sobre propiedades diferente al régimen legal de separación de bienes. Pero no todos los acuerdos de propiedad entre los cónyuges representan un contrato matrimonial – solamente se consideran contratos matrimoniales aquellos documentos que sustituyen en su mayor parte al régimen económico matrimonial sobre la propiedad y tienen como objetivo principal regular las relaciones económicas.
Como alternativa al régimen económico matrimonial legal sobre la propiedad, la ley austriaca propone la comunidad de bienes y el contrato de herencia. Sin embargo, los cónyuges no tienen que limitarse a estos en la elección de un régimen económico matrimonial.
Con respecto a la comunidad de bienes, deben distinguirse dos formas: La comunidad de bienes inter vivos no regulada legalmente y la comunidad de bienes en caso de fallecimiento. La comunidad de bienes inter vivos puede estructurarse como comunidad de bienes general o limitada. En el primer caso, la totalidad de lo aportado y las propiedades futuras de los cónyuges están cubiertos por la comunidad de bienes, en el segundo caso, solamente ciertos bienes enumerados en el contrato están incluidos. Los cónyuges se convierten en copropietarios de los bienes comunes, su participación (ideal) está establecida en el contrato – en caso de duda, se asume que sus participaciones son a partes iguales. Existen restricciones internas entre los cónyuges con respecto a la participación de copropiedad, las cuales no son oponibles a terceros. La oponibilidad a terceros solamente existe en el caso de una prohibición de alienación y/o restricción registradas en el registro de la propiedad según § 364c ABGB, o si se hace referencia a la prohibición de disposición cuando se ha registrado la copropiedad.
Bajo el régimen de la comunidad de bienes inter vivos, las deudas de ambos cónyuges están garantizadas tanto con los bienes comunes como con las propiedades individuales respectivas no sujetas a la comunidad de bienes. Si uno de los cónyuges incurriera en deudas de forma individual o le afectaran personalmente (por ejemplo obligaciones de pagar mantenimiento o daños), bajo el régimen de la comunidad de bienes general, se saldarán con todos los bienes comunes así como con su propiedad individual. Por otro lado, en caso de un régimen de comunidad de bienes limitado, el otro cónyuge no debe responder por dichas deudas con su parte de los bienes comunes.
En caso de fallecimiento dentro de la comunidad de bienes en caso de fallecimiento, la separación de bienes se mantiene hasta el fallecimiento de uno de los cónyuges, cada uno de ellos puede disponer libremente de sus bienes. Si uno de los cónyuges fallece, los activos de los cónyuges se unen en una sola propiedad, que después de la deducción de deudas, se divide en dos mitades. El cónyuge viudo recibe una mitad, mientras que la otra mitad pasa a formar parte del patrimonio del fallecido (§ 1234 ABGB).
Bajo el contrato de herencia, un cónyuge nombra al otro o ambos se nombran mutuamente herederos (§ 1249 ABGB). Sin embargo, dicho contrato solamente puede cubrir tres cuartas partes de la herencia (§ 1253 ABGB).

A parte de estos, existen también contratos avanzados, que establecen de antemano la división de la propiedad conyugal de uso cotidiano, los ahorros conyugales y/o la residencia conyugal en caso de divorcio. El principio de la separación de bienes durante el matrimonio no se ve afectado por estos contratos. Sin embargo, el juez no puede basarse en un contrato avanzado efectivo si uno de los cónyuges está en injusta desventaja y fuera razonable imponerle la división (§ 97 para 2 Ehegesetz, EheG).

3.2. ¿Cuáles son los requisitos formales y con quién debería contactar?

Los contratos conyugales y los contratos avanzados que hagan referencia a la división de los ahorros conyugales y del hogar conyugal deberán firmarse en forma de declaración notarial (§ 97 para 1 EheG). En estos casos, por lo tanto, la formalización del contrato deberá llevarse a cabo ante notario. Sin embargo, los contratos avanzados sobre la división de la propiedad conyugal de uso cotidiano deben tener solamente forma escrita (§ 97 para 1 EheG).

3.3. ¿Cuándo debería celebrarse el contrato y cuando debería entrar en vigor?

Los contratos conyugales y los contratos avanzados pueden formalizarse en cualquier momento durante el matrimonio. Los contratos conyugales formalizados con anterioridad al matrimonio serán se aplicación solamente si posteriormente se celebra el matrimonio. De conformidad con su propósito, los contratos conyugales y los contratos avanzados pueden tomar efecto o bien inmediatamente (por ejemplo, un contrato de comunidad de bienes inter vivos) o solamente en caso de fallecimiento de un cónyuge (comunidad de bienes en caso de fallecimiento) o de divorcio (contratos avanzados).

3.4. ¿Pueden los cónyuges modificar un contrato existente? En tal caso, ¿bajo qué condiciones?

Los cónyuges también pueden modificar un contrato existente, siempre y cuando se cumplan los requisitos formales.