3 ¿Cómo pueden los cónyuges pactar su régimen económico?

3.1. ¿Qué provisiones pueden ser modificadas mediante un contrato y cuales no? ¿Cuáles son los regimenes económicos matrimoniales existentes?

Los regímenes económicos matrimoniales de comunidad de bienes, de sociedad de gananciales y de separación de bienes pueden ser modificados todas las veces que se desee durante el matrimonio mediante la firma de un contrato matrimonial.

Con el contrato matrimonial, los cónyuges pueden:

  • terminar el régimen económico elegido en el matrimonio;
  • establecer un régimen económico matrimonial diferente;
  • modificar el régimen económico matrimonial existente dentro del marco legislativo.
  • especificar la ley aplicable a la relación económica matrimonial si los cónyuges residen en países distintos o si tienen nacionalidades distintas.

En el caso del régimen de comunidad de bienes, se podrá estipular lo siguiente en el contrato matrimonial:

  • los bienes individuales podrán ser declarado propiedad conjunta o separada;
  • el derecho a administrar la propiedad conjunta puede ser confiado a uno de los cónyuges y dicho derecho podrá estar restringido a los términos acordados en el contrato;
  • se puede estipular que el consentimiento de un cónyuge no se requiera para operaciones llevadas a cabo en una actividad económica independiente del otro cónyuge.

En el caso de régimen de sociedad de gananciales, la parte de la propiedad de cada cónyuge que aumentó durante el régimen (activo adquirido) se compensa cuando finaliza el régimen. En el contrato matrimonial podrá estipularse lo siguiente:

  • que no se apliquen las restricciones impuestas por la legislación con respecto a las operaciones relacionadas con la vivienda familiar o con la vivienda empleada por separado por un cónyuge (véase 2.4);
  • que el alcance y el cálculo del activo fijo esté determinado de forma distinta a como prevé la ley (véase 5.3).

3.2. ¿Cuáles son los requisitos formales y con quién debería contactar?

Los cónyuges deben formalizar el contrato matrimonial personalmente y el contrato debe estar redactado y autenticado por un notario.

3.3. ¿Cuándo debería celebrarse el contrato y cuando debería entrar en vigor?

Se podrá firmar un contrato matrimonial antes o durante el matrimonio (en el último caso, entrará en vigor a partir de la firma). Si se firma antes del matrimonio, entra en vigor el día en que se celebre el matrimonio.

3.4. ¿Pueden los cónyuges modificar un contrato existente? En tal caso, ¿bajo qué condiciones?

Como ya se ha mencionado, el régimen económico matrimonial podrá cambiarse tantas veces como se desee ilimitadamente durante el matrimonio mediante la firma de un contrato matrimonial.