3 ¿Cómo pueden los cónyuges pactar su régimen económico?

3.1. ¿Qué provisiones pueden ser modificadas mediante un contrato y cuales no? ¿Cuáles son los regimenes económicos matrimoniales existentes?

Los cónyuges pueden apartarse del régimen legal otorgando un contrato matrimonial. Las partes son libres de elegir el contenido de dicho contrato pero, en la práctica, se elige entre una comunidad de bienes limitada y la exclusión de cualquier comunidad, lo que a menudo se combina con pactos de compensación. Se debe distinguir entre un pacto de compensación periódico y el pacto de compensación final al disolverse el matrimonio. Resulta imposible excluir las reclamaciones alimentarias de un cónyuge contra otro y limitar las normas de protección familiar, como la necesidad del consentimiento del otro cónyuge para disponer del hogar conyugal (véase el art. 1:88 del BW).

3.2. ¿Cuáles son los requisitos formales y con quién debería contactar?

El acuerdo matrimonial debe otorgarse bajo la forma de un instrumento auténtico. Para obtener direcciones de notarios en los Países Bajos, consúltese: http://www.notaries-directory.eu.

3.3. ¿Cuándo debería celebrarse el contrato y cuando debería entrar en vigor?

El acuerdo matrimonial puede otorgarse antes o durante el matrimonio (véase el art. 1:114 del BW). En el primer caso, surte efecto en el momento de la celebración del matrimonio; en el segundo caso para los cónyuges, un día después de la firma del instrumento.

3.4. ¿Pueden los cónyuges modificar un contrato existente? En tal caso, ¿bajo qué condiciones?

Es posible modificar el acuerdo durante el matrimonio. Véase con más detenimiento las respuestas a las preguntas 3.2. y 3.3.