1 ¿Qué ley se aplica?
1.1. ¿Qué ley se aplica en la propiedad de la pareja? ¿Qué criterios se emplean para determinar la ley que se aplica? ¿Qué convenciones internacionales deben respetarse con respecto a ciertos países?
El régimen económico matrimonial se regirá por la legislación del Estado en el que ambos cónyuges tengan su domicilio ("domicilio" es el lugar donde una persona reside habitualmente con la intención de quedarse y que él/ella considera como el centro de sus intereses personales, sociales y económicos). Si los cónyuges tienen su domicilio en diferentes Estados, se aplicará la legislación del Estado del cual ambos son ciudadanos. Si los cónyuges nunca han tenido un domicilio común y son ciudadanos de diferentes Estados, se aplicará la legislación del Estado en que se celebró el matrimonio [art. 1.28(1) del Código Civil (en lo sucesivo el CC)].
1.2. ¿Tienen los cónyuges la opción de elegir la ley aplicable? En ese caso, ¿por qué principios está regida esta elección (por ejemplo, las leyes a elegir, los requisitos formales, la retroactividad)?
Los cónyuges podrán elegir la legislación aplicable. Los cónyuges podrán elegir la legislación del Estado en el que ambos están domiciliados o se domiciliarán en el futuro, o la legislación del Estado en que se celebró el matrimonio, o la legislación del Estado del cual uno de los cónyuges es ciudadano [art. 1.28 (2) del CC)].