5 ¿Cuáles son las consecuencias del divorcio/separación?

5.1. ¿Cómo se divide la propiedad (derechos reales)?

Esto depende del régimen económico matrimonial adoptado. En caso de que se impugne el divorcio/la separación, el tribunal es quien decide cómo se han de dividir los bienes. Si no hay impugnación, son los cónyuges mismos los que deciden, con sujeción a la ratificación del tribunal. El artículo 1333 del Código Civil estipula que los bienes comunitarios se han de dividir asignando a cada cónyuge la mitad de los bienes pertenecientes a los bienes comunitarios.

5.2. ¿Quién se hace responsable de las deudas existentes después del divorcio/separación?

Esto depende del régimen económico matrimonial adoptado. En caso de que se impugne el divorcio/la separación, el tribunal es quien decide cómo se han de dividir los bienes. Si no hay impugnación, son los cónyuges mismos los que deciden, con sujeción a la ratificación del tribunal. El artículo 1333 del Código Civil estipula que, en caso de división de los bienes comunitarios, a cada cónyuge se le asignará la mitad de los pasivos pertenecientes a los bienes comunitarios.

5.3. ¿Puede uno de los cónyuges reclamar una compensación?

De acuerdo con el régimen de comunidad de bienes, cada uno de los cónyuges debe reembolsar a la comunidad en caso de que haya hecho uso de ella para satisfacer sus propias deudas (art. 1331, párrafo 1 del CC). En caso de que se hubiera hecho uso del patrimonio personal de un cónyuge para satisfacer una deuda comunitaria o para una inversión en los bienes comunitarios, este tiene el derecho de ser reembolsado por ello (art. 1331, párrafo 2 del CC). Dicho reembolso se hará por medio de una asignación monetaria (art. 1331, párrafo 3 del CC).