5 ¿Cuáles son las consecuencias del divorcio/separación?

5.1. ¿Cómo se divide la propiedad (derechos reales)?

El principio de separación de bienes se aplica hasta la separación o el divorcio. Tras la separación y el divorcio, la separación y el reparto de los bienes poseídos exclusiva o conjuntamente por las partes están sujetos al requisito imperativo de que debe hacerse una provisión adecuada para los cónyuges y los hijos dependientes [artículo 3(2)(a) Ley de reforma del derecho de familia y de separación judicial de 1989 y el artículo 5 de la Ley de derecho de familia (divorcio) de 1996] y también al requisito imperativo de que todas las órdenes de liquidación de los efectos económicos derivados del divorcio deben realizarse en interés de la justicia [artículo 16(5) de la Ley de derecho de familia de 1995 y el artículo 20(5) de la Ley de derecho de familia (divorcio) de 1996] y sujetos al tribunal con respecto a los 12 factores reglamentarios establecidos en el artículo 16(2)(a)-(l) de la Ley de derecho de familia de 1995 y el artículo 20(2)(a)-(l) de la Ley de derecho de familia (divorcio) de 1996. Así, la participación de un cónyuge en los bienes se determina de forma subjetiva por el presidente del tribunal en cada caso, con referencia general a las circunstancias del matrimonio, incluido, aunque no exclusivamente, un examen de los efectos de las funciones adoptadas por los cónyuges durante el matrimonio, los sacrificios y/o las contribuciones hechos por uno o ambos cónyuges y su nivel de ingresos actual y futuro. En los casos de menores ingresos, los tribunales suelen estar más preocupados por atender a las necesidades básicas del cónyuge y de los hijos, y esto incluye asegurar un hogar para estas partes. Sin embargo, los tribunales no se limitan simplemente a satisfacer las necesidades del cónyuge dependiente y por lo tanto en los casos de amplios recursos ha surgido en los tribunales una tendencia a otorgar una tercera parte de los activos al cónyuge que no gana dinero o menos rico. En lo que se refiere al incumplimiento, a menos que el incumplimiento por parte de uno de los cónyuges se considere como "grave y evidente", no influirá en la separación de bienes.

5.2. ¿Quién se hace responsable de las deudas existentes después del divorcio/separación?

La responsabilidad por las deudas contraídas por uno de los cónyuges sigue siendo la responsabilidad de ese cónyuge tras el divorcio/la separación, a menos que el tribunal ordene lo contrario. Esta transferencia de responsabilidad ordenada por el tribunal podrá formar parte del paquete de liquidación ordenada por los tribunales en aras de la equidad.

5.3. ¿Puede uno de los cónyuges reclamar una compensación?

El tribunal puede emitir una orden para el pago de una suma financiera a tanto alzado por un cónyuge al otro cuando hacerlo vaya en interés de la justicia [artículo 16(5) de la Ley de derecho de familia de 1995 y el artículo 20(5) de la Ley de derecho de familia (divorcio) de 1996] y a la luz de los 12 factores reglamentarios que el tribunal deberá considerar [artículo 16(2)(a)-(l) de la Ley de derecho de familia de 1995 y el artículo 20(2)(a)-(l) de la Ley de derecho de familia (divorcio) de 1996].